domingo, marzo 26, 2023
  • Login
La región hoy
  • Principal
  • Noticias
  • Actualidad
  • Negocios
  • Legal
  • Política
  • Deportes
  • Opinión
  • Cultura y espectáculos
No Result
View All Result
La región hoy
No Result
View All Result
Home Uncategorized

EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISOS

diciembre 16, 2021
in Uncategorized

EXTRACTO DE NOTIFICACIÓN POR AVISOS
Juzgado de Familia de Viña del Mar, causa rit C-2204-2020, caratulado
SOBARZO/HERRERA, se ordenó con fecha 1 de junio de 2021, notificar
por aviso extractado la demanda y su proveído a
MIGUEL ANGEL HERRERA ESPINOSA, extranjero, casado, se desconoce
profesión u oficio, RUT 23.857.528-1, domicilio desconocido. En lo
principal: ULDA BILHA SOBARZO AGUILA, chilena,
casada, empleada, RUT 8.056.324-8, con domicilio en Los alelíes nº 310,
Santa julia, Viña del Mar, solicitando tener por interpuesta demanda de
divorcio unilateral, por cese de la convivencia, a don
MIGUEL ÁNGEL HERRERA ESPINOSA, extranjero, casado, desconoce
profesión u oficio, RUT 23.857.528-1, domicilio desconocido, solicitando
se acoja a trámite y en definitiva dar lugar al divorcio
y declarar disuelto el matrimonio celebrado entre las partes el 18 de enero
de 2013, ordenando las inscripciones, subinscripciones y anotaciones que
fueren competentes. Primer otrosí: acompaña
certificado de matrimonio entre las partes. Segundo Otrosí: Se asocie RIT
con el rol único nacional del patrocinante. Tercer otrosí: indica forma
especial de notificación. Cuarto Otrosí: Patrocinio y
poder. Con fecha 22 de octubre de 2020, el tribunal resuelve A LO
PRINCIPAL: Por interpuesta demanda de DIVORCIO UNILATERAL POR CESE
DE LA CONVIVENCIA. Traslado. Vengan las partes a audiencia preparatoria
para el día 21 de diciembre de 2020, a las 08:30 horas, a la que deberán
comparecer personalmente, sin perjuicio de la asistencia de sus respectivos
apoderados, afectándole a quien no concurra las providencias que en ella
se dictaren, sin nueva notificación y bajo los demás apercibimientos legales. Dando cumplimiento a lo dispuesto en
Artículo 63 La compensación económica y su monto y forma de pago, en su caso, serán convenidos por los cónyuges, si fueren mayores de edad, mediante acuerdo que constará en escritura pública o acta de avenimiento, las cuales se someterán a la aprobación del tribunal. Enlace añadido por la extensión vLex de la Ley 19.947Enlace añadido por la extensión vLex, se les informa a las partes el derecho a demandar compensación económica en contra de su cónyuge, acción que
deberán ejercer en la oportunidad procesal pertinente. Atendida la
emergencia sanitaria del país, lo dispuesto en la Ley 21.226Enlace añadido por la extensión vLex vigenteLey núm. 21226, publicada el 02 de Abril de 2020. ESTABLECE UN RÉGIMEN JURÍDICO DE EXCEPCIÓN PARA LOS PROCESOS JUDICIALES, EN LAS AUDIENCIAS Y ACTUACIONES JUDICIALES, Y PARA LOS PLAZOS Y EJERCICIO DE LAS ACCIONES QUE INDICA, POR EL IMPACTO DE LA ENFERMEDAD COVID-19 EN CHILE , Acta 53-2020
y Acta 41-2020 de la Excelentísima Corte Suprema, se insta a las partes a
aportar un correo electrónico con el objeto de coordinar la posible
realización la audiencia preparatoria por videoconferencia con la aplicación
ZOOM, si tuvieren los medios tecnológicos idóneos. La parte demandada
deberá contestar la demanda por escrito, con al menos cinco días de
antelación a la fecha de la audiencia preparatoria antes decretada. En caso
que éste desee reconvenir, deberá hacerlo de la misma forma,
conjuntamente con la contestación de la demanda y cumpliendo con los
requisitos previstos en el artículo 57 Artículo 57 Requisitos de la demanda La demanda deberá cumplir los requisitos del artículo 254

ARTÍCULO 254 (251)

La demanda debe contener:

  1. La designación del tribunal ante quien se entabla;

  2. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandante y de las personas que lo representen, y la naturaleza de la representación;

  3. El nombre, domicilio y profesión u oficio del demandado;

  4. La exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya; y

  5. La enunciación precisa y clara, consignada en la conclusión de las peticiones que se sometan al fallo del tribunal.

Enlace añadido por la extensión vLex del Código de Procedimiento Civil
 vigenteLey N° 1.552 Código de Procedimiento Civil
Enlace añadido por la extensión vLex
. Asimismo, podrán acompañarse los documentos que digan relación con la causa, cuando la naturaleza y oportunidad de las peticiones así lo requiera. En las causas de mediación previa se deberá acompañar un certificado que acredite que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 19.968
 vigenteLey 19968 – CREA LOS TRIBUNALES DE FAMILIA
Enlace añadido por la extensión vLex
vigenteLey 19968 – CREA LOS TRIBUNALES DE FAMILIA Con fecha 27 de julio la parte demandante solicitó nuevo día y hora para la audiencia de
autos. El tribunal resuelve con fecha 2 de agosto: Viña del Mar, dos de
agosto de dos mil veintiuno. Por cumplido lo ordenado a la Unidad de
Causas. Visto: Cítese a las partes a nueva audiencia preparatoria para el día
18 de octubre de 2021, a las 10.00 horas. En audiencia de fecha 18 de
Octubre de 2021, se resolvió: SUSPENSIÓN AUDIENCIA: Visto: Atendido
que la parte demandada no se encuentra notificada por avisos en los
términos señalados en el artículo 54

ARTÍCULO 54 (57)

Cuando haya de notificarse personalmente o por cédula a personas cuya individualidad o residencia sea difícil determinar, o que por su número dificulten considerablemente la práctica de la diligencia, podrá hacerse la notificación por medio de avisos publicados en los diarios del lugar donde se sigue la causa, o de la cabecera de la provincia o de la capital de la región, si allí no los hay. Dichos avisos contendrán los mismos datos que se exigen para la notificación personal; pero si la publicación en esta forma es muy dispendiosa, atendida la cuantía del negocio, podrá disponer el tribunal que se haga en extracto redactado por el secretario.

Para autorizar esta forma de notificación, y para determinar los diarios en que haya de hacerse la publicación y el número de veces que deba repetirse, el cual no podrá bajar de tres, procederá el tribunal con conocimiento de causa.

Cuando la notificación hecha por este medio sea la primera de una gestión judicial, será…

Enlace añadido por la extensión vLex
del Código de Procedimiento Civil
 vigenteLey N° 1.552 Código de Procedimiento Civil
Enlace añadido por la extensión vLex
, y

teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 11 y 23 de la Ley
19.968, el Tribunal suspende la presente audiencia y fija el día 31 de
diciembre de 2021 a las 11:15 horas. SALA D.
https://zoom.us/j/6886908116?
pwd=UVp4akdaZlZTY25CQTNvejE0Tlhhdz09 CLAVE: 888504 La audiencia
se realizará con las partes que asistan, afectándole a aquella que no
concurra, todas las resoluciones que en ella se dicten, sin necesidad de
ulterior notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59

Artículo 59

Citación a audiencia preparatoria.

Admitida la demanda, el tribunal citará a las partes a una audiencia preparatoria, la que deberá realizarse en el más breve plazo posible.

INCISO SUPRIMIDO

En todo caso, la notificación de la resolución que cita a la audiencia preparatoria deberá practicarse siempre con una antelación mínima de quince días.

En la resolución se hará constar que la audiencia se celebrará con las partes que asistan, afectándole a la que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin necesidad de ulterior notificación.

Enlace añadido por la extensión vLex
de

la Ley 19.968
 vigenteLey 19968 – CREA LOS TRIBUNALES DE FAMILIA
Enlace añadido por la extensión vLex
. Notifíquese a la parte demandada por avisos la demanda, su

proveído y la presente resolución, mediante tres publicaciones en un diario
de circulación provincial y por medio de un aviso publicado en el Diario Oficial
en los términos señalados en el artículo 54 del Código de Procedimiento
Civil. RIT C-2204-2020, Dirigió la audiencia y resolvió,
Juez Titular del Juzgado de Familia de Viña del Mar que firma
electrónicamente al pie de la presente acta de audiencia.Viña del Mar,
veintiocho de octubre de dos mil veintiuno. Dora Smirnoff Schapira .
Ministro de Fe.

Categorías

  • Extractos/Concesiones (3)
  • Uncategorized (4)
La región hoy

© 2020 La Región Hoy - El diario electrónico de la V Región. Director Responsable: ALFREDO ALEJANDRO CHAPARRO URIBE Correo: direccionlaregionhoy@gmail.com

Anuncios por categoría

  • Sitio principal
  • Balances y estados financieros
  • Citaciones
  • Concesiones Ministerio Obras Públicas
  • Concursos, Sorteos Letras Hipotecarias, Pago Dividendos, Emisión de Bonos Bancarios
  • Extractos/Concesiones
  • Extraví­o de Documentos y Ordenes de No Pago
  • Extravío de Títulos
  • Fé de erratas
  • Hecho Esencial, Opción Preferente, Disminución de Capital, OPA.
  • Licitaciones, Ventas, Remates y Propuestas
  • Ministerio de economía
  • Municipalidades, Licitaciones, Ordenanzas
  • Órdenes de No Pago Banco BBVA
  • Órdenes de No Pago Banco BCI
  • Órdenes de No Pago Banco Bice
  • Órdenes de No Pago Banco Del Desarrollo
  • Órdenes de No Pago Banco Estado
  • Órdenes de No Pago Banco Falabella
  • Órdenes de No Pago Banco Santander
  • Órdenes de No Pago Banco Scotiabank
  • Órdenes de No Pago ECR Group
  • Órdenes de No Pago EQUIFAX
  • Órdenes de No pago Multiservicios OK
  • OTIC – Cámara de la Construcción
  • Otros
  • Posesiones Efectivas
  • Posesiones Efectivas Registro Civil R. Metropolitana
  • Publicaciones FOSIS
  • Publicaciones Judiciales
  • Publicaciones SERNAC
  • Publicaciones Tributarias

Síguenos

No Result
View All Result
  • Principal
  • Noticias
  • Actualidad
  • Negocios
  • Legal
  • Política
  • Deportes
  • Opinión
  • Cultura y espectáculos

© 2020 La Región Hoy - El diario electrónico de la V Región. Director Responsable: ALFREDO ALEJANDRO CHAPARRO URIBE Correo: direccionlaregionhoy@gmail.com

Welcome Back!

Login to your account below

Forgotten Password?

Retrieve your password

Please enter your username or email address to reset your password.

Log In